viernes, 27 de diciembre de 2024
lunes, 23 de diciembre de 2024
jueves, 19 de diciembre de 2024
Jurisprudencia en casos judicializados por mal trato animal en Argentina
A cerca de los caballos de Ezeiza y el caballo Rubio.
El "Campo del Horror" y la sintiencia equina en Ezeiza
En Argentina, un hito judicial reciente ha transformado la forma en que se percibe a los animales, en particular a los caballos. En 2023, la jueza de Lomas de Zamora, Marcela Trillini, dictaminó que 18 caballos rescatados de un predio en Ezeiza, conocido como el "campo del horror", eran "seres sintientes". Este fallo no solo ordenó la entrega de los caballos a un santuario, sino que también estableció un precedente legal fundamental: por primera vez en Argentina, una resolución judicial reconocía explícitamente a los equinos como individuos capaces de experimentar sensaciones y emociones.
El caso de Ezeiza sacó a la luz una situación de maltrato animal extremo. Los caballos fueron encontrados en condiciones deplorables: desnutridos, enfermos y en estado de abandono, algunos incluso muertos. Este rescate masivo y la posterior batalla legal visibilizaron la necesidad de una protección más robusta para los animales en el país. El dictamen de la jueza Trillini, al reconocer la sintiencia de los caballos, abrió la puerta a una mayor empatía y consideración hacia ellos, y sentó las bases para que futuros casos de maltrato animal se aborden desde una perspectiva que reconozca su capacidad de sufrimiento.
El caso "Rubio": Identidad y protección legal
El caso de "Rubio", un caballo de trabajo que fue objeto de maltrato, profundiza aún más la evolución de la legislación animal en Argentina. En 2017, el Juzgado de Faltas N° 1 de Villa Carlos Paz, en Córdoba, emitió un fallo histórico al reconocer a "Rubio" no solo como un ser sintiente, sino también como una "víctima" en el marco de una causa por maltrato animal.
El fallo de "Rubio" fue pionero al otorgarle un rol activo en el proceso judicial, considerándolo sujeto de derecho y no un mero objeto. Se dictaminó que "Rubio" tenía derecho a una vida libre de sufrimiento y a recibir atención veterinaria adecuada. Este reconocimiento de su identidad como víctima marcó un avance significativo en la jurisprudencia argentina, acercando el concepto de los animales a la categoría de seres con derechos y no solo sujetos de protección. El caso también impulsó la consideración de que el maltrato animal no es una simple falta administrativa, sino un delito que merece una respuesta legal contundente.
El caso "Rubio" (perro) de Mar del Tuyú: Este es el caso más conocido y al que probablemente te refieres al mencionar la condena por arrastrar y matar a un perro. Este "Rubio" era un perro callejero muy querido en Mar del Tuyú (Partido de La Costa, Provincia de Buenos Aires), que fue brutalmente asesinado en agosto de 2019 al ser arrastrado por una camioneta. La repercusión del caso fue enorme, y la movilización social exigiendo justicia fue masiva.
En mayo de 2022, el Juzgado Correccional N° 2 de Dolores (Provincia de Buenos Aires) condenó al responsable a un año y medio de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de "actos de crueldad contra los animales", de acuerdo con la Ley 14.346. Esta sentencia fue un hito porque, aunque la pena puede parecer menor, implicó una condena a prisión efectiva por un caso de maltrato animal, lo que sentó un precedente importante en la aplicación de la ley y en la percepción de estos delitos. Además, el agresor fue declarado "persona no grata" por el Concejo Deliberante local, y los vecinos erigieron una estatua en homenaje a Rubio.
Este caso es clave porque:
- Demostró la capacidad de movilización de la sociedad en defensa de los animales.
- Logró una condena a prisión efectiva, algo poco común en casos de maltrato animal en Argentina hasta ese momento.
- Visibilizó la necesidad de endurecer las penas de la Ley 14.346.
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El caso "Rubio" (caballo) de Villa Carlos Paz, Córdoba: Este es el caso al que me refería inicialmente en mi respuesta anterior. Si bien no ocurrió en Salta, es un precedente jurisprudencial muy relevante en el reconocimiento de la identidad como víctima en el ámbito de los animales. En 2017, el Juzgado de Faltas N° 1 de Villa Carlos Paz, en Córdoba, dictaminó que un caballo llamado "Rubio", que había sido objeto de maltrato, tenía derecho a una vida libre de sufrimiento y a recibir atención adecuada.
Lo significativo de este fallo fue que, al considerarlo una "víctima" en el proceso, se le otorgó un estatus jurídico más allá de ser un mero objeto o bien. Implicó que el caballo tenía derechos propios a ser protegidos y que el maltrato hacia él constituía una afrenta a su integridad. Este precedente fue fundamental para la evolución del concepto de los animales como sujetos de derechos, y no solo como objetos de protección.
¿Hubo un caso "Rubio" (caballo) en Salta con un fallo similar?
Hasta el momento, la búsqueda no ha arrojado un caso específico y notorio de un caballo llamado "Rubio" en Salta con un fallo judicial que haya marcado un precedente similar al de Villa Carlos Paz en cuanto al reconocimiento explícito de su identidad como víctima en los términos en que se ha abordado el caso cordobés.
No obstante, Salta, al igual que otras provincias argentinas, ha tenido y tiene casos de maltrato equino. Recientemente (junio de 2025, según las búsquedas), se reportó un incidente en Salta donde "borrachos maltrataban caballos y amenazaron con un cuchillo a la policía", lo que llevó al secuestro de los animales y a acusaciones por amenazas y resistencia a la autoridad. Si bien este tipo de eventos demuestran la problemática del maltrato animal en la provincia, no alcanzan la relevancia jurisprudencial de los casos "Rubio" de Córdoba o Mar del Tuyú en cuanto a la evolución de la personería jurídica de los animales.
En resumen, el caso "Rubio" más influyente en el reconocimiento de la "identidad como víctima" de un caballo fue el de Villa Carlos Paz, Córdoba. El caso "Rubio" del perro de Mar del Tuyú, Buenos Aires, fue un punto de inflexión por la condena a prisión efectiva. Aunque Salta enfrenta desafíos en materia de maltrato equino, no se registra un caso "Rubio" equino con un precedente jurídico similar al de Córdoba en la provincia.
Leyes de protección animal en Argentina: Un camino de evolución
Estos fallos se enmarcan en un contexto de creciente preocupación por el bienestar animal en Argentina, aunque la legislación aún presenta desafíos. La principal normativa es la Ley 14.346, conocida como la "Ley Sarmiento", que data de 1954 y tipifica los actos de maltrato y crueldad hacia los animales. Si bien es una ley pionera en su momento, hoy se considera insuficiente, ya que las penas son bajas y no abordan la complejidad de las situaciones de maltrato actual.
Sin embargo, los fallos como los del "campo del horror" y "Rubio" demuestran una interpretación progresiva de la normativa existente y un esfuerzo por adaptar el marco legal a una visión más moderna y empática de los animales. Estas sentencias están sentando precedentes importantes y abren el camino para futuras reformas legales que reconozcan de manera más explícita y amplia la sintiencia y los derechos de los animales en Argentina, trascendiendo la visión de los animales como meras "cosas" o "propiedad".
La presión social y la labor de organizaciones defensoras de los derechos animales también son cruciales en este proceso, impulsando la conciencia pública y el avance de la justicia en casos de maltrato. Si bien queda mucho por hacer, estos fallos marcan un punto de inflexión en la consideración legal y ética de los animales en el país.
Un Camino Digno: La Erradicación de la Tracción a Sangre en Salta como Modelo de Transformación Social y Animal
La relación entre el ser humano y los animales ha sido objeto de una evolución constante a lo largo de la historia. Desde su rol como herramientas de trabajo hasta el reconocimiento progresivo de su sensibilidad, la sociedad avanza hacia una mayor conciencia sobre su bienestar. En Argentina, un hito fundamental en esta senda fue la sanción de la Ley N° 14.346, conocida como la "Ley Sarmiento", en 1954. Esta normativa pionera estableció penas para quienes maltraten o cometan actos de crueldad contra los animales, sentando las bases de una protección jurídica que, si bien perfectible, ha sido fundamental para iniciar el camino hacia una convivencia más ética.
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Carrero con tracción a sangre |
A pesar de la existencia de esta ley, el uso de animales de tracción a sangre (TAS) ha persistido en diversas regiones del país, especialmente en el norte argentino. En ciudades como Salta, la imagen de caballos exhaustos tirando de carros cargados de residuos o mercaderías ha sido una postal cotidiana, revelando una cruda realidad de tensiones complejas. Por un lado, se encuentran los principios de la Ley 14.346, que prohíbe el maltrato animal, incluyendo la sobreexplotación, la falta de alimentación adecuada o el uso de instrumentos que causen dolor innecesario. Por otro lado, la TAS no es solo una práctica, sino en muchos casos, un medio de subsistencia para familias en situación de vulnerabilidad, lo que plantea un desafío social y económico significativo. Esta encrucijada, donde la necesidad humana choca con el derecho animal a una vida digna, exige soluciones que trasciendan la mera prohibición.
En este contexto, la experiencia de la Municipalidad de Salta, bajo la intendencia de Gustavo Sáenz (2015-2019), emerge como un modelo de gestión integral y un caso de estudio replicable. Conscientes de la doble problemática —el maltrato animal y la precarización de los carreros—, la administración municipal emprendió un ambicioso programa de erradicación de la TAS con el lema "Ni personas excluidas ni caballos maltratados".
El proceso no fue improvisado. Comenzó con un diagnóstico exhaustivo y un censo que permitió identificar a las familias dependientes de esta actividad, sus condiciones socioeconómicas y la situación de los equinos. Esta etapa fue crucial para entender la dimensión del problema y diseñar soluciones a medida. La estrategia fue multifacética: no se trató solo de una prohibición, sino de una reconversión laboral y social.
La piedra angular del plan fue la provisión de motocarros a los carreros a cambio de la entrega voluntaria de sus caballos y carros. Esta medida no solo liberó a los animales de una vida de explotación, sino que también dignificó el trabajo de las familias, ofreciéndoles una herramienta de trabajo moderna, eficiente y menos dañina para el ambiente. Además, se complementó con capacitaciones en oficios en las Escuelas de Artes y Oficios, brindando nuevas oportunidades laborales y fomentando la autonomía económica. Para aquellos que no podían capacitarse, se gestionaron puestos de trabajo formales dentro del propio municipio, asegurando que ninguna familia quedara desprotegida.
El destino de los caballos fue igualmente relevante. Aquellos equinos que fueron entregados por los carreros encontraron un nuevo propósito en centros de equinoterapia o en santuarios donde recibieron cuidados y una vida digna, lejos de la tracción y el sufrimiento. Este gesto no solo es un acto de compasión, sino que refuerza la noción, cada vez más aceptada en la jurisprudencia argentina —como lo demostró el reciente fallo que consideró a los caballos del "campo del horror Ezeiza" como "seres sintientes"—, de que los animales son sujetos de derecho, capaces de sentir y sufrir, y no meras "cosas".
La implementación de este programa se vio respaldada por una ordenanza municipal (N° 14.070) que prohibió la tracción a sangre en la ciudad a partir de agosto de 2017, consolidando legalmente el cambio. El éxito de esta iniciativa, que fue reconocida a nivel nacional, radica en haber abordado el problema desde una perspectiva integral: priorizando el bienestar animal sin desatender la dimensión social y económica de las familias involucradas.
La erradicación de los carreros en Salta es un testimonio de que es posible construir una sociedad más justa para todos sus habitantes, incluyendo a los no humanos. Es un llamado a la acción para otras jurisdicciones que aún enfrentan esta problemática, demostrando que con voluntad política, planificación y un enfoque humano-animal, se pueden transformar realidades complejas en historias de progreso y dignidad. La Ley 14.346 sentó las bases; experiencias como la de Salta nos muestran cómo construir sobre ellas un futuro donde el maltrato animal sea una dolorosa memoria del pasado.
miércoles, 18 de diciembre de 2024
La experiencia de la municipalidad de Salta en la erradicación de "los carreros" (2017)
Durante la gestión de Gustavo Sáenz como intendente de la Municipalidad de Salta (2015-2019), se llevó a cabo un plan integral para erradicar la tracción a sangre (TAS) en la ciudad y proveer de motocarros a los carreros, con un enfoque tanto en el bienestar animal como en la inclusión social de las familias involucradas.
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Carros de tracción a sangre |
La erradicación de la tracción a sangre en la Municipalidad de Salta durante la gestión de Gustavo Sáenz fue un proceso que implicó una decisión política fuerte, un relevamiento social y sanitario, la provisión de alternativas laborales concretas (motocarros y capacitaciones), un destino digno para los animales y un respaldo normativo local, convirtiéndose en un modelo de gestión integral para abordar esta problemática.
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Motocarros reemplazantes |
El Proceso y la Discusión:
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Diagnóstico y Censo (2017): El primer paso fue realizar un censo exhaustivo para identificar a las familias que dependían de la TAS para su sustento y conocer sus condiciones socioeconómicas. Paralelamente, se revisó la situación sanitaria de los caballos. Esto permitió cuantificar el problema y diseñar un plan adaptado a las necesidades reales. Se estimó que alrededor de 450 familias vivían de la tracción a sangre en los 34 barrios de la ciudad, y se relevaron 203 familias (1.453 personas).
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Objetivos del Plan: El lema de la iniciativa fue "Ni personas excluidas ni caballos maltratados", lo que reflejaba la doble meta de:
- Mejorar la calidad de vida y contribuir a la inclusión social de las personas que utilizaban la tracción a sangre. Esta actividad estaba ligada a altos índices de precarización laboral, problemáticas sociales y de salud.
- Resguardar a los animales de la explotación y el maltrato, en línea con la Ley N° 14.346.
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Reconversión Laboral y Entrega de Motocarros:
- La Municipalidad implementó un plan de reconversión laboral. La principal alternativa ofrecida a los carreros fue la entrega de motocarros (o motocargas) a cambio de la entrega de sus caballos y carros. Esto permitía a los trabajadores continuar con sus actividades de recolección o transporte, pero de una manera más digna y menos perjudicial para los animales.
- En una primera etapa, la Municipalidad adquirió 67 motocarros. Los carreros que accedían a este programa también debían comprometerse a brindar servicios a la comunidad.
- Además de los motocarros, se ofrecieron capacitaciones en las Escuelas de Artes y Oficios en rubros como albañilería, carpintería y herrería, con el objetivo de brindarles herramientas para otras salidas laborales.
- Para aquellos que, por edad o discapacidad, no podían capacitarse, se les brindó un lugar formal de trabajo dentro de la Municipalidad (por ejemplo, como placeros).
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Destino de los Caballos: Los caballos entregados por los carreros fueron reubicados en centros de equinoterapia o lugares donde se les brindaba cuidado y podían colaborar en tratamientos de niños y jóvenes con discapacidad, marcando así su "jubilación" de la actividad de tracción. Un total de 130 caballos fueron entregados a la Municipalidad en el marco del plan.
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Financiamiento: La compra de los motocarros se realizó con fondos municipales, gestionados a través de la Cooperadora Asistencial. Adicionalmente, se recibieron fondos de la Nación (en parte, Aportes del Tesoro Nacional a la Provincia de Salta) que se destinaron a programas de asistencia a las familias reconvertidas.
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Marco Normativo Local: La erradicación de la tracción a sangre también se apoyó en una ordenanza municipal (Ordenanza N° 14.070) que prohibió esta actividad en la ciudad a partir del 4 de agosto de 2017. Esta ordenanza complementa la Ley Nacional N° 14.346 al establecer una prohibición específica y un marco para la reconversión en el ámbito local. El Concejo Deliberante de la Ciudad de Salta, incluso, ha declarado que los animales son "seres sensibles y sintientes, susceptibles de protección", lo que refuerza el marco ético y jurídico de estas acciones.
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Resultados y Reconocimiento:
- Según el intendente Sáenz, en un año y medio se logró reconvertir a un número récord de carreros, y desde el 4 de agosto de 2017, la tracción a sangre fue oficialmente erradicada en la ciudad de Salta.
- La experiencia de Salta fue destacada a nivel nacional como un ejemplo exitoso de cómo abordar el problema de la TAS, combinando la protección animal con la inclusión social. El intendente Gustavo Sáenz disertó sobre el tema en Buenos Aires, compartiendo la metodología implementada.
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